Las autoridades civiles
Dr. Sam Waldron
Dios, el supremo Señor y Rey del mundo entero, ha instituido autoridades civiles para estarle sujetos y gobernar al pueblo1 para la gloria de Dios y el bien público2; y con este fin, les ha provisto con el poder de la espada, para la defensa y el ánimo de los que hacen lo bueno, y para el castigo de los malhechores3.
“Sométase toda persona a las autoridades que gobiernan; porque no hay autoridad sino de Dios, y las que existen, por Dios son constituidas. Por consiguiente, el que resiste a la autoridad, a lo ordenado por Dios se ha opuesto; y los que se han opuesto, sobre sí recibirán condenación” (Ro. 13:1-2).
I. La ordenación divina del oficio de autoridad civil
El punto primero y central que se afirma en este párrafo es que las autoridades civiles son divinamente instituidas. Derivan su autoridad de Dios. Esto golpea la raíz de un error moderno fundamental. A. A. Hodge observa acertadamente: «Algunos suponen que el derecho a la autoridad del gobierno humano tiene su mayor fundamento en la voluntad de la mayoría, “en el consentimiento de los gobernados” o en algún “pacto social” imaginario, hecho por los primeros padres de la raza allá en el principio de la vida social. Sin embargo, es evidente que la ley divina es el origen de todo gobierno, y la obligación de obedecer esa voluntad que pesa sobre todos los agentes morales, la última base de toda obligación de obediencia al gobierno humano»1. Como deja claro Hodge, nosotros obedecemos porque Dios quiere, no porque voluntariamente nos hayamos comprometido con ciertos hombres a quienes hayamos dado autoridad. La Biblia no enseña la teoría del contrato social en cuanto al gobierno que se nos enseñó a muchos en la escuela. Según Romanos 13:1-2, los emperadores romanos eran autoridades divinamente ordenadas aun cuando no derivaban su autoridad del «consentimiento de los gobernados». La teoría que dice que obedecemos a nuestras autoridades porque en última instancia ellos nos obedecen a nosotros no es bíblica.
Este párrafo hace tres observaciones específicas acerca de la ordenación divina de las autoridades civiles.
A. Su posición ordenada
Esta se describe como «estarle sujetos [a Dios], y gobernar al pueblo». En Romanos 13:2,4,6, esta posición de autoridad se describe de varias maneras como «lo establecido por Dios», «ministro de Dios» (LBLA) y «servidor de Dios». Estas descripciones resumen la declaración de la Confesión. La autoridad civil está obligada a obedecer a Dios en la forma en que gobierna, de la misma manera como nosotros estamos obligados a obedecerla. Dios les ha dado toda la autoridad que poseen. «A quien se haya dado mucho, mucho se le demandará» (Lc. 12:48).
B. Su propósito ordenado
Esto lo describe la Confesión con las siguientes palabras: «para la gloria de Dios y el bien público». Este propósito también se describe en la frase «para la defensa y el ánimo de los que hacen lo bueno, y para el castigo de los malhechores». Nótese también lo que dice el párrafo 2: «mantener especialmente la justicia y la paz». ¿Qué enseña la Biblia en cuanto a la función o tarea específica de las autoridades civiles? Los siguientes pasajes tratan este tema: Génesis 6:11-13; 9:5-6; Salmo 58:2; 72:14; 82:1-4; Proverbios 21:15; 24:11-12; 29:14,26; 31:5; Ezequiel 7:23; 45:9; Daniel 4:27; Mateo 22:21; Romanos 13:3-4; 1 Timoteo 2:2; 1 Pedro 2:14. La enseñanza de tales pasajes es que la tarea del gobierno civil es mantener la justicia y la paz sociales y civiles reprimiendo la violencia y la injusticia social y alabando (defendiendo y promoviendo) a los que social y civilmente hacen lo que es bueno.
C. Su poder ordenado
La Confesión afirma con referencia al poder de la autoridad civil: «Y con este fin [Dios] les ha provisto con el poder de la espada». Esta declaración confirma que la esfera de acción de la autoridad civil es la esfera civil. Las espadas no se utilizan para educar a los hijos o para disciplinar a los cristianos nominales impenitentes. Son adecuadas para refrenar a los criminales violentos y para la injusticia pública. La Biblia enseña que Dios ha armado a este oficio con la espada (Gn. 9:6; Pr. 16:14; 19:12; 20:2; 21:15; 28:17; Hch. 25:11; Ro. 13:4; 1 P. 2:14).
Williamson observa acertadamente: «En nuestra nación existe actualmente una creciente tendencia dirigida a la abolición de la pena capital. Y muchos grupos protestantes liberales han aprobado este cambio sobre la base de que no beneficia a la sociedad, ni reforma al criminal ni refleja las enseñanzas humanas del Nuevo Testamento. En otras palabras, por varias razones, hoy en día se aboga por parte de amplios sectores a que se le niegue al gobierno civil el poder de la espada para castigar la maldad. Tal concepto de la autoridad civil es, cómo mínimo, altamente antibíblico. No pensamos que se pueda probar que la pena capital no beneficia a la sociedad. Creemos que sí, aunque no sea por otra razón aparte de la Escritura dice que el ejercicio fiel de la justicia es un temor para las malas obras y un estímulo para el bien. Los que se oponen a la pena capital niegan esto, pero lo niegan en vano. Puede ser cierto que la pena capital no reforme al criminal. Pero dudamos totalmente que la ausencia de temor contra la maldad sí reforme al criminal. Además, no dudamos de que fomenta la maldad. Pero por encima de todo, negamos que el poder y la autoridad civiles hayan de reflejar las nociones modernistas de las supuestas enseñanzas “humanitarias” del Nuevo Testamento. La justicia no es más “humanitaria” en el Nuevo Testamento que en el Antiguo. Y la ordenanza del gobierno civil no tiene el propósito divino de enseñar el Nuevo Testamento; tiene el propósito de castigar el crimen y proteger a los que hacen el bien. Sin embargo, dudamos que el plan de los liberales que abogan por la abolición de la pena capital sea “humano”. Creemos que mucho del crimen moderno se debe al hecho de que hay demasiada preocupación antibíblica por el malvado y demasiado poca preocupación bíblica por los rectos»2.
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1. Sal. 82:1; Lc. 12:48; Ro. 13:1-6; 1 P. 2:13-14
2. Gn. 6:11-13 con 9:5-6; Sal. 58:1-2; 72:14; 82:1-4; Pr. 21:15; 24:11-12; 29:14,26; 31:5; Ez. 7:23; 45:9; Dn. 4:27; Mt. 22:21; Ro. 13:3-4; 1 Ti. 2:2; 1 P. 2:14
3. Gn. 9:6; Pr. 16:14; 19:12; 20:2; 21:15; 28:17; Hch. 25:11; Ro. 13:4; 1 P. 2:14
Derechos reservados. Tomado de la Exposición de la Confesión Bautista de Fe de 1689.